Yo maté al Grinch
Las últimas noticias que describen la realidad social actual entorno al problema de la vivienda en nuestro país no hacen sino poner el acento en un conflicto que en los últimos años se ha agravado sin solución de continuidad. En este estado de las cosas, muchos nos preguntamos si la propiedad privada es un derecho o un privilegio.
Formalmente, el derecho a la propiedad privada viene regulado y, en principio, protegido en el artículo 33 de la Constitución que establece: "1. Se reconoce el derecho a la propiedad privada y a la herencia. 2. La función social de estos derechos delimitará su contenido, de acuerdo con las leyes. 3. Nadie podrá ser privado de sus bienes y derechos sino por causa justificada de utilidad pública o interés social, mediante la correspondiente indemnización y de conformidad con lo dispuesto por las leyes".
El Código Civil define en su artículo 348 la propiedad como el derecho de gozar y disponer de una cosa sin más limitaciones que las establecidas en la las Ley. Así pues, es evidente que el derecho a la propiedad no es absoluto, sino que tiene determinadas limitaciones.
¿Cuáles son estos límites? Por un lado, las limitaciones en interés privado, operan cuando concurren con una situación privada digna de protección, como es la vecindad, la medianería y los tanteos y retractos. Estos límites sacrifican una propiedad en beneficio ajeno.
Y por otro, los limites en interés público, que vienen establecidos para proteger el interés general, que trasciende de los intereses particulares de ciudadanos o grupos.
Sin embargo, estas limitaciones no son las únicas que existen, si bien algunas son del todo desconocidas por la mayor parte de la ciudadanía.
Entre alguna de estas limitaciones encontramos las establecidas en el Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito y económico para hacer frente al COVID-19.
Dicha Ley, amparada en la situación extraordinaria derivada del confinamiento por el coronavirus, suspendía los lanzamientos en procedimientos de desahucio por impago de las rentas del alquiler "a priori" a inquilinos económicamente vulnerables.
En este mismo sentido, la Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda, viene a recoger el guante de estas medidas, e impone a los propietarios una serie de limitaciones que dificultan los desahucios en caso de impagos de la renta.
Estas leyes, entre otras, con un marcado carácter ideológico de extrema izquierda -de hecho, fueron anunciadas en el Congreso por Bildu y Unidas Podemos- han propiciado el efecto contrario al pretendido.
Por un lado, muchas personas que no son vulnerables, sino caraduras profesionales, que se las saben todas, se están aprovechando de la situación. Y así, amparados en esta normativa se perpetúan en viviendas alquiladas durante meses y años sin pagar un solo euro por el alquiler. Todo ello en perjuicio y detrimento de los derechos que asisten al propietario, que muchas de las veces es un particular con una vivienda que alquila para complementar sus ingresos, y que han podido adquirir tras años de sacrificio, ahorro y esfuerzo.
Y por otro, los propietarios no quieren alquilar su propiedad a cualquiera. Y la consecuencia no es otra que el endurecimiento de los requisitos del inquilino para acceder al mercado inmobiliario ¿cómo? Subiendo el precio del alquiler y exigiendo garantías adicionales a las habituales: más de un mes de fianza, aval bancario, contar con ingresos elevados, etc.
¿Cuál es la solución? Desde luego yo no la tengo. Pero sin duda no pasa por demonizar al pequeño propietario o cercenar el derecho a la propiedad privada.
No cabe duda, que el precio de la vivienda es un problema a resolver. No es normal que una persona con un salario medio no pueda comprar una vivienda o permitirse un alquiler. Ya que no se trata de un artículo de lujo, sino de una necesidad.
Quizá lo primero que deberíamos hacer es decidir si queremos avanzar hacia una sociedad de colectivización de la propiedad, esto es, un sistema neocomunista, o mantener el sistema constitucional de propiedad del año 78.
Estaría bien conocer las reglas del juego antes de empezar el partido.