Condenado a 21 años de prisión el autor del crimen de la 'Fiestuki'

El TSJ rechaza el recurso del acusado por "presentar una versión alternativa de los hechos" que "choca con la valoración efectuada por el Jurado de las pruebas"

Rebeca Pasalodos Pérez
Miércoles, 16, Octubre, 2024
Actualidad

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha confirmado la condena de 21 años de prisión por asesinato, amenazas y tenencia ilícita de armas impuesta por la Audiencia Provincial a Rubén A.S., por el asesinato de un joven, al que mató de un tiro en el pecho en una discoteca de La Cistérniga en 2022.

La Sala de lo Civil y Penal ha rechazado el recurso de apelación interpuesto por el condenado contra la sentencia dictada el pasado mayo tras el veredicto de culpabilidad emitido por un jurado popular, en la que se le condenó a dieciséis años y seis meses de prisión por un delito de asesinato consumado.

La Audiencia Provincial consideró que existía alevosía, pues la víctima no se pudo defender y el procesado se aseguró el resultado de su acción, al tiempo que estableció una pena de dos años de prisión por amenazas y un año y seis meses por tenencia ilícita de armas.

En su resolución, facilitada por el Gabinete de Comunicación, el Tribunal Superior de Justicia indica que en el recurso el acusado "lo que hace es negar su participación en la muerte y en las amenazas ya descritas, sosteniendo que las pruebas valoradas no son suficientes para acreditar tal participación y denunciando que no se han tenido en cuenta otras pruebas ni se han investigado otras posibilidades en cuanto a dicha autoría".

La Sala considera que "tal versión alternativa de los hechos (la de que el autor de la muerte y de las amenazas enjuiciadas sea una tercera persona no identificada) choca con la valoración efectuada por el Jurado de las pruebas personales antes indicadas, a cuyo tenor se han establecido los hechos probados en que se basa la condena".

El TSJ concluye que "ha de respetarse el relato de hechos probados de la sentencia, basado en el veredicto del Jurado, que está además suficientemente motivado, no pudiendo hablarse de vulneración del principio de presunción de inocencia ni de que la condena del acusado, por ser autor de la muerte de X., y de las amenazas graves a empleados del establecimiento, carezca de toda base razonable".

Los hecho ocurrieron en la madrugada del 1 de agosto de 2022 en la discoteca conocida como Fiestuki, situada en La Cistérniga, cuando tras una discusión en el interior del establecimiento el acusado disparó a la víctima con un arma para la que no tenía licencia y con la que amenazó a varios empleados de la discoteca que trataron de impedir su fuga.

El acusado logró huir en su vehículo con la amiga con la que había ido al local y regresó a Salamanca. La mujer resultó absuelta del delito de tenencia ilícita de armas por el que fue juzgada. EFE

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